Desde noviembre comienza a funcionar el Fondo de Asistencia Laboral, un nuevo mecanismo que deberán tener en cuenta los empleadores del sector privado.
A partir del 1° de noviembre de 2026 comienza a funcionar el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), un sistema pensado para que los empleadores puedan ir formando un fondo destinado a afrontar determinadas indemnizaciones laborales cuando finaliza una relación de trabajo.
La idea es sencilla: cada mes se realiza un aporte y ese dinero se va acumulando en una cuenta a nombre de la empresa, administrada por una entidad habilitada.
El FAL fue creado por la Ley 27.802 y ARCA estableció las pautas para su funcionamiento mediante la Resolución General 5907/2026.
¿Cuánto se va a aportar?
El porcentaje depende del tipo de empleador:
● 2,5% para empresas que cuenten con certificado MiPyME vigente y determinadas entidades sin fines de lucro.
● 1% para el resto de los empleadores privados.
El cálculo se realiza sobre los sueldos de los trabajadores que se tienen en cuenta para las contribuciones patronales.
¿Esto significa un nuevo costo para la empresa?
En principio, no.
El aporte al FAL se compensa con una reducción equivalente de las contribuciones patronales que la empresa ya paga a la seguridad social. Es decir, el objetivo es que ese dinero pase a formar parte del fondo en lugar de representar, en general, un costo adicional.
De todos modos, existen algunas situaciones particulares en las que puede generarse un importe adicional. Por eso, es importante revisar cada caso.
¿Cuándo empieza?
El primer aporte corresponde a los sueldos de noviembre de 2026, que se pagan en diciembre.
A partir de ese momento, los aportes se realizarán todos los meses junto con las cargas sociales habituales.
¿Qué tiene que hacer la empresa?
Antes del primer aporte hay algunos pasos que será necesario tener en cuenta:
Revisar el certificado MiPyME
Las empresas que quieran acceder al aporte del 2,5% deberán tener el certificado MiPyME vigente.
Elegir una entidad para administrar el fondo
La empresa deberá elegir una entidad habilitada, como un banco o una sociedad de bolsa, para abrir la cuenta donde se irá acumulando el dinero.
Obtener el ID FAL e informarlo a ARCA
Una vez elegida la entidad, se deberá obtener un número de identificación del fondo (ID FAL) y registrarlo ante ARCA antes del primer pago.
Informar la situación de la empresa en ARCA
También será necesario informar la condición del empleador antes de presentar la declaración correspondiente a noviembre.
¿Cuándo se puede utilizar el dinero?
El fondo podrá utilizarse para afrontar determinadas indemnizaciones laborales, aunque para comenzar a cubrirlas será necesario contar con al menos seis meses de aportes.
Además, cuando el fondo acumule un monto suficiente para cubrir las indemnizaciones correspondientes al personal, será posible solicitar la suspensión de nuevos aportes, de acuerdo con las condiciones que establezca la normativa.
¿Qué pasa si no se paga a tiempo?
Como ocurre con otras obligaciones, los aportes realizados fuera de término pueden generar intereses y el incumplimiento puede dar lugar a sanciones.
¿Qué recomendamos tener en cuenta?
Aunque el FAL comienza a funcionar en noviembre, octubre será un buen momento para revisar que la empresa tenga todo preparado.
Principalmente, recomendamos verificar el certificado MiPyME, conocer qué porcentaje corresponde aportar y avanzar con la elección de la entidad que administrará el fondo.
Desde ECPA vamos a seguir de cerca la implementación de este nuevo régimen y las novedades que puedan surgir para acompañar a nuestros clientes.
