ART y falta de pago: qué dice la ley sobre la rescisión del contrato

La Ley de Riesgos del Trabajo prevé qué puede ocurrir si una empresa acumula
deudas con su ART.
Te contamos en qué casos la aseguradora puede rescindir el contrato y qué
obligaciones mantiene.

La Ley 24.557 establece que los empleadores deben afiliarse obligatoriamente a
una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART).

¿Qué pasa si la empresa no paga?

Según el artículo 27, apartado 6, la ART puede extinguir el contrato de
afiliación si se verifican:

Dos cuotas mensuales impagas (consecutivas o alternadas), o una deuda total equivalente a dos cuotas, tomando como referencia la de mayor valor en el último año.
En ese caso, el empleador pasará a considerarse no asegurado

📌 Importante: aunque el contrato quede extinguido, la ART deberá otorgar
prestaciones en especie (atención médica y asistencia) por los siniestros que
ocurran durante los tres meses posteriores a la rescisión por falta de pago. Luego,
podrá reclamar al empleador el costo de esas prestaciones.

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