Con la disposición 120/2025, la ARCA acelera los tiempos para aplicar medidas cautelares (como embargos) en casos de deuda.
¿Qué cambia?
- Se podrán aplicar 48 horas después del vencimiento del plazo legal para que el contribuyente presente excepciones.
- Si el contribuyente está a más de 100 km del juzgado y no hay notificadores disponibles, se podrá avanzar antes, pero con un aviso previo vía Domicilio Fiscal Electrónico (DFE).
- Ese aviso da 5 días para regularizar la deuda (capital, intereses y costas) antes de avanzar con medidas.
El objetivo de la medida: acortar plazos y mejorar la eficiencia en el cobro fiscal, sin dejar de informar al contribuyente.
El objetivo de la medida: acortar plazos y mejorar la eficiencia en el cobro fiscal, sin dejar de informar al contribuyente.
