SE EXTIENDE FECHA DE VENCIMIENTO
Mediante la Resolución General 5181 se comunica la extensión de la fecha para que los contribuyentes puedan acceder a los beneficios de la condonación de deudas del alivio fiscal.
La adhesión a la moratoria podrá realizarse hasta el 29 de abril. (Señalamos que para los planes presentados durante el mes de abril la primera cuota vencerá en el mes de mayo).
La solicitud para la condonación de deudas estará disponible desde el 1ero al 18 de abril.
Se podrá realizar la solicitud para acceder a la condonación de deudas vencidas al 31/8/2021.
Pequeños contribuyentes:
Los contribuyentes y/o responsables que consideren que cumplen los requisitos para ser caracterizados como “pequeños contribuyentes”, podrán acreditar su condición hasta el 12 de abril de 2022, a través del servicio “Presentaciones Digitales” seleccionando el trámite “Pequeños Contribuyentes – Caracterización Ley 27.653”.
Por cualquier consulta:
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